Los Aportes Voluntarios a Pensión

Los Aportes Voluntarios a Pensión – Muchas personas desconocen que son los aportes voluntarios a pensión, los cuales son diferentes a los aportes obligatorios que son los que comúnmente conocemos todos los trabajadores del país.

En Colombia existen aportes obligatorios a pensión y aportes voluntarios, que se dividen en dos grupos: Aportes voluntarios en el sistema obligatorio de pensiones y aportes voluntarios a fondos voluntarios de pensión.

Índice

Los Aportes Voluntarios a Pensión y los obligatorios

Los Aportes Voluntarios a Pensión - En Colombia existen un sistema de pensiones obligatorias, al que por ley se debe afiliar toda trabajador asalariado y todo trabajador independiente con capacidad de pago, es decir, que por obligación legal la persona se debe afiliar y hacer las cotizaciones según los ingresos que obtenga mensualmente.

Este sistema obligatorio se caracteriza porque existe un aporte obligatorio del 16% sobre el ingreso base de cotización.

Los Aportes Voluntarios a Pensión como hacer estos aportes

Adicional a las cotizaciones obligatorias que se deben hacer, las personas libremente pueden hacer aportes voluntarios con el fin de mejorar o complementar su futura pensión, o para pensionarse en un menor tiempo.

Estos aportes voluntarios se pueden hacer de dos formas:

  • Siendo afiliado y cotizante al sistema obligatorio de pensiones
  • Siendo cotizante a un fondo voluntario de pensiones

Los Aportes Voluntarios a Pensión - En el primer caso sólo aplica para las personas que están afiliadas al régimen de ahorro individual, es decir a un fondo privado de pensiones, de manera que una persona que esté afiliada a Colpensiones no puede hacer aportes voluntarios de pensión, sino que debe hacerlo por fuera del sistema.

Los Aportes Voluntarios a Pensión - En el segundo caso, cualquier persona puede afiliarse a un fondo voluntario de pensiones, sin importar si en el sistema obligatorio de pensiones está afiliada al régimen de prima media (Colpensiones) o al régimen individual (Fondos privados).

Esto es así porque se trata de fondos voluntarios de pensión, donde se puede afiliar el que quiera y se puede cotizar lo que se quiera, puesto que tanto la afiliación como la cotización son voluntarias.

Los Aportes Voluntarios a Pensión como un complemento

Los fondos voluntarios de pensión son complementarios a los obligatorios, y más que fondos de pensiones son fondos de ahorro o de inversiones, tanto que cualquier banco, fiduciaria o aseguradora puede ofrecer estos planes de pensiones voluntarias, cosa que no es posible en el sistema obligatorio donde se deben constituir fondos de pensiones como tal.

Las dos figuras tienen su origen en la ley 100 de 1993, en especial en el artículo 16 que dice:

  • «Incompatibilidad de regímenes. Ninguna persona podrá distribuir las cotizaciones obligatorias entre los dos regímenes del sistema general de pensiones.
  • Lo dispuesto en el inciso anterior se entenderá sin perjuicio de la facultad de los afiliados para contratar o ser partícipes en planes de pensiones complementarios dentro o fuera del sistema general de pensiones.»
  • Es decir que una persona no puede estar afiliada al régimen individual y al de prima media al mismo tiempo, pero sí puede hacer aportes voluntarios ya sea en el sistema obligatorio o en el voluntario.

Esta distinción de las dos formas de realizar aportes voluntarios a pensión es de vital importancia por el efecto tributario que se puede derivar de ellos.

Enlace -  Fondos privados de pensiones modalidades

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