El Servicio de Baño al Público

El Servicio de Baño al Público - El nuevo código de policía en nuestro país obliga que en determinados casos se deba prestar el baño a quien lo solicite.

Dice el artículo 88 de la ley 1801 de 2016 frente al servicio de baño

«Es obligación de todos y cada uno de los establecimientos de comercio abiertos al público, prestar el servicio de baño a niños, mujeres en evidente estado de embarazo y adultos de la tercera edad cuando así lo soliciten, sin importar que los mismos sean sus clientes o no.

La inobservancia de la presente norma tendrá como consecuencia la imposición de una Multa General Tipo 1 o suspensión temporal de actividad.

El Servicio de Baño al Público - Será potestad de los establecimientos de comercio en mención el cobro del servicio enunciado el cual deberá ser regulado por los correspondientes entes territoriales.»

Índice

El Servicio de Baño al Público y su adecuación

Lo anterior obliga a que todo establecimiento de comercio deba adecuar un baño para uso público, así sea un servicio de pago, por cuanto el propietario o quienes atienen en el establecimiento de comercio no pueden negarse a prestar un baño a las personas a las que la ley ha considerado que no se les puede negar el servicio.

Este punto es especialmente importante en los casos en que el establecimiento de comercio funciona en la misma casa de habitación, donde será necesario adecuar un baño de uso público para evitar tener que dar acceso al baño privado a personas extrañas.

El Servicio de Baño al Público para todo establecimiento

El Servicio de Baño al Público - Lo anterior aplica para cualquier establecimiento abierto al público, esté formalizado o no, puesto que el usuario al que se le niegue el acceso al baño puede recurrir a las autoridades para denunciar la situación y estas llegarán a verificar el cumplimiento de todos los requisitos que debe cumplir el establecimiento de comercio para poder funcionar, de modo que si el establecimiento es informal con mayor razón debe evitar que sea denunciado.

El Servicio de Baño al Público - Enlace -  El Nuevo Código de Policía

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