Cómo tramitar la Libreta Militar

Para los hombres mayores de 18 años el servicio militar en Colombia es obligatorio, por lo anterior después de que se haya llegado a esta edad se debe definir esta situación de forma inmediata, por lo tanto se debe acudir al distrito militar de su zona. Hoy en los colegios se puede iniciar este proceso con los alumnos del ultimo año de bachillerato y luego son citados en una fecha estipulada por el distrito.

Índice

Cómo tramitar la Libreta Militar que se certifica al tenerla

La libreta militar es el documento que certifica que la persona ya resolvió su situación militar y es exigida por empresas o instituciones de educación superior por ley.

Como tramitar la Libreta Militar

Cómo tramitar la Libreta Militar requisitos

• Inscribirse en un distrito militar con los siguientes documentos (este paso se hace normalmente en los colegios):
• Registro civil del solicitante
• Fotocopia del documento de identidad
• Certificado de ingresos, constancia de sueldo o declaración de renta de los padres
• Dos fotos fondo azul de 3 x 3.5 de frente

Cómo tramitar la Libreta Militar tipos de Libreta Militar

Cómo tramitar la Libreta Militar - Existen dos clases de libreta militar, de primera y de segunda clase. La libreta militar de primera clase la obtienen quienes permanezcan en servicio nueve o más meses, contrario a la libreta militar de segunda clase que es entregada a los ciudadanos exentos del servicio militar por causas que establece la ley.

Cómo tramitar la Libreta Militar de primera clase

Luego de haber presentado los anteriores documentos, se presenta un examen médico, es posible que se haga este examen dos veces para quienes reclamen alguna inhabilidad no encontrada en el primer examen.

En caso de ser apto seguir el proceso para prestar el servicio militar. Prestar el servicio militar por nueve o más meses ya sea en el ejercito, armada, policía o INPEC.

En caso de no ser apto se entregará una liquidación que deberá ser pagada para recibir la libreta de segunda clase.

Cómo tramitar la Libreta Militar de segunda clase

• Seguir el primer paso mencionado en el tramite de la libreta de primera clase.
• Presentar reclamos o exenciones con pruebas legales que certifiquen que la persona no puede prestar el servicio militar.
• Registro civil autenticado.
• Certificado de ingresos, declaración de renta o constancia laboral de los padres.
• Si es independiente certificado expedido por un contador público con copia de la tarjeta profesional del contador.
• Certificado de Catastro y boletín catastral (expedido por el Agustín Codazzi) de los padres
• Si sobre alguna de las propiedades de los padres existe hipoteca, adjuntar constancia del banco y matrícula del inmueble original
• Declaración extrajuicio para demostrar la dependencia económica de alguno de los padres y del solicitante, adjuntando fotocopia autenticada de la cédula de ciudadanía de los testigos.
• Fotocopia autenticada de cédula de ciudadanía ampliada al 50% del solicitante y de los padres.
• Diploma de bachiller y acta de grado autenticada.
• Si los padres son separados adjuntar acta de separación o divorcio. Si alguno de los padres ha fallecido, adjuntar acta de defunción autenticada.
• Luego obtendrá un recibo de pago que deberá pagar en la cuenta de banco que le indiquen el cual tendrá un valor calculado de acuerdo a el valor de ingresos y el patrimonio de los padres. Según se establezca es posible que la primera vez pague una libreta militar provisional que luego tendrá que volver a renovar siguiendo un proceso similar.

Cómo tramitar la Libreta Militar como obtener el duplicado

Cómo tramitar la Libreta Militar - El duplicado de la tarjeta de reservista se puede solicitar por perdida, deterioro o cambio de datos. El interesado debe diligenciar el formulario que se distribuye gratuitamente en los distritos militares de cada Zona, según el caso se debe adjuntar los siguientes documentos.

• Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
• Documento que acrediten el cambio de los datos.
• Certificación Archivo General del Ministerio de Defensa (personal de primera clase y que no figure en pantalla).
• Dos fotografías de 2.5 x 4.5 de frente fondo azul.
• Recibo de pago por concepto de la elaboración de la tarjeta.
• Tarjeta deteriorada o desactualizada.

Exentos

Casados o que hagan vida marital, miembros de comunidades religiosas (dedicados permanentemente a su culto), indígenas, desmovilizados, hijos únicos, mayores de veintiocho años, limitados físicos y sensoriales permanentes, desplazados.

Cómo tramitar la Libreta Militar que son los remisos

Cómo tramitar la Libreta Militar - Los remisos son aquellos jóvenes declarados aptos para prestar el servicio militar que no asistan a la jornada de concentración, en el lugar, día y hora indicados por el comandante del Distrito Militar.

Sanciones contempladas en la ley 48 de 1993

Cómo tramitar la Libreta Militar - Los ciudadanos que no se inscriban en forma oportuna, serán multados con el 20% de un salario mínimo mensual vigente, por cada año o fracción que dejara de inscribirse reglamentariamente.

Quienes no concurran a los exámenes físicos o al sorteo, serán multados con el 20% de un salario mínimo mensual vigente.

Otros tramites de importancia para realizar en forma personal o por internet los puedes consultar si accedes dando clic al siguiente enlace - http://comotramitar.com

 

  1. Javier Benítez dice:

    ¿Por qué hablan de cobro a los no aptos? Veamos la siguiente noticia:
    La Corte Constitucional tumbó el pago de la llamada "cuota de compensación" o cobro por la libreta militar para los hombres que no resultaban aptos para prestar el servicio obligatorio en las Fuerzas Militares.
    El alto tribunal sentenció que a partir de ahora el Estado deberá proporcionar de manera gratuita la libreta militar a quienes a pesar de estar inscritos en las listas de elegibles, resulten eximidos de prestar el servicio.
    A raíz de este fallo, las Fuerzas Militares dejarán de recibir un promedio de 52.000 millones de pesos anuales, que eran recaudados por concepto del pago de las libretas de los jóvenes calificados como "no aptos".
    El presidente de la Corte Constitucional, Rodrigo Escobar Gil, explicó en Caracol Radio que la norma que obligaba al pago de la cuota de compensación a quienes resultaran no aptos para prestar el servicio militar, fue tumbada porque violaba el principio de legalidad tributaria.
    "Toda ley que establece un impuesto debe señalar el valor, la base gravable y la tarifa que deben pagar los contribuyentes, en este caso no se cumplía y se delegaba al gobierno reglamentar ese cobro", explicó Escobar Gil.
    El presidente de la Corte Constitucional aclaró que los efectos de esta sentencia comienzan a regir a partir de este momento, y no cobija a quienes hayan sido remisos o hayan cumplido 28 años de edad

  2. cuando hay incorporaciones

  3. mi numero es 3188604465 me avisan por favor

  4. me dicen en que lugar y que requisitos se necesitan por favor necesito eso urgente estoy quedado en esoooooo gracias

  5. necesito o como hago para tramitar la libreta militar o incribirme

  6. hace 2 meses envie los documentos para pagar la libreta y no me han respondido espero su respuesta lo mas pronto posible

  7. joh romero dice:

    como puedo atualisar mi libreta militar que esta vencida y soy desplazado y la requiero para trabajar

  8. Jose jaramillo dice:

    Alguien me puede decir que pasos seguir para la compra de la libreta militar?

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